UPR, UNIDADES DE PREVENCIÓN Y REACCIÓN

UPR, UNIDADES DE PREVENCIÓN Y REACCIÓN

Introducción.

 

Las unidades de Prevención y Reacción tienen su origen en el año 2009, si bien, mediante resolución del director general de la Policía de 5 de noviembre de 2013 se regularán las funciones, estructura y organización de las mismas.

Estas Unidades de Prevención y Reacción (UPR), se conciben como unidades convenientemente adiestradas que se destinan a la prevención, mantenimiento y, en su caso, restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana, estando dotadas de una estructura prefijada, y medios suficientes para acometer con solvencia las funciones específicas que les son propias.

 

La implantación de las mismas en diferentes plantillas del territorio nacional tiene como finalidad mejorar los servicios que la Policía ofrece a la sociedad y el objetivo de potenciar la capacidad operativa de las Unidades Territoriales de Seguridad Ciudadana que por su problemática policial lo requieran.

Funciones.

Las UPR tienen como función genérica la prevención de la delincuencia en situaciones determinadas, así como el mantenimiento y, en su caso, restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana.

El empleo de las mismas responde a la necesidad de intervenir una Unidad policial lo suficientemente adiestrada y estructurada con una gran capacidad operativa.

Sus funciones se concretan, en líneas generales, en las siguientes:

  • Dispositivos especiales de prevención de la delincuencia:
    • Actuaciones singulares de prevención, ante la especial proliferación de determinadas actividades delictivas.
    • Despliegues como consecuencia de la detección de puntos negros, ya sean estructurales o coyunturales.
    • Establecimiento de controles y otros dispositivos policiales de esta naturaleza.

 

  • Mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana.
    • Concentraciones y manifestaciones que no requieran la actuación de otras unidades más especializadas.
    • Dispositivos de seguridad con ocasión de espectáculos públicos deportivos, musicales, taurinos, o de similar problemática.
    • Eventos sociales pacíficos, concentraciones de masas generadas por fiestas patronales o religiosas, actos culturales, mítines y otros similares.

 

  • Apoyo a otras Unidades, Servicios o Instituciones, en dispositivos puntuales.
    • Colaboración con las Unidades de Protección en dispositivos de seguridad relacionados con la seguridad de determinadas personalidades, edificios, recintos e instalaciones.
    • Colaboración con otras áreas policiales en operaciones relacionadas con dispositivos antiterroristas, delincuencia común, detenciones complejas, registros, inmigración ilegal, etc., que no requieran la actuación de otras unidades más especializadas.
    • Colaboración con jueces y tribunales en lanzamientos y otras actuaciones judiciales.
    • Refuerzo específico a otras plantillas donde se precise un apoyo operativo concreto, circunscrito al marco de sus funciones.

  • Reacción e intervención ante cualquier situación que requiera una actuación inmediata.
    • Ante hechos imprevistos de especial gravedad.
    • En atentados o amenazas terroristas (aplicación de protocolos establecidos como consecuencias de acciones terroristas y otros dispositivos de cierre, así como despliegue adecuado según el nivel de alerta terrorista).
    • En auxilio o defensa de los ciudadanos, ante calamidades o catástrofes públicas.

Cualquier otro tipo de funciones al margen de las reseñadas, únicamente serán desempeñadas por las UPR con carácter excepcional.

Estructura.

La estructura operativa de las UPR se configura en Secciones, Grupos, Subgrupos y Equipos Operativos.

Las Secciones Operativas estarán al mando de un Inspector Jefe que dispondrá de su propio Equipo de Mando y estarán integradas por, al menos, 3 Grupos Operativos.

Los Grupos Operativos estarán al mando de un inspector y contarán con 30 funcionarios divididos en dos subgrupos operativos (al mando de un subinspector cada uno de ellos).

Cada subgrupo operativo contará con 2 equipos operativos (al mando de un oficial de policía cada uno de ellos).

El jefe de grupo será apoyado por un Equipo de Mando que será dirigido por un oficial de policía.

 

Dependencia.

Dependerán funcionalmente de las Jefaturas Superiores de Policía, Comisarías Provinciales y Comisarías Locales donde se ubiquen, a través de los respectivos Jefes de las Brigadas Provinciales o Locales de Seguridad Ciudadana, si bien, el artículo 8.4 de la Orden INT/28/2013, establece que la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, a través de su Jefatura de Unidades Especiales, ejercerá la coordinación, supervisión y control de las Unidades de Prevención y Reacción, otorgándoles la consideración de Unidades Especializadas (no especiales).

Además, la Jefatura de Unidades Especiales coordinará y canalizará la planificación de los correspondientes cursos, las actividades formativas y los reciclajes, con la División de Formación y Perfeccionamiento, así como lo relativo a vehículos, armamento, material, vestuario y equipamiento, con la División Económica y Técnica.

 

Despliegue territorial.

Actualmente, la Unidad cuenta con más de 2000 policías distribuidos en el siguiente despliegue territorial:

  • En la Jefatura Superior de Madrid.
  • En la Jefatura Superior de la Comunidad Valencia (Valencia) y además en las plantillas siguientes de esta Jefatura Superior:
    • Alicante
    • Benidorm
    • Elche
    • Castellón
  • En la Jefatura Superior de Andalucía Occidental (Sevilla)   y además en las plantillas siguientes de esta Jefatura Superior:
    • Cádiz
    • Algeciras
    • Jerez
    • El Puerto de Santa María
    • Córdoba
    • Huelva
  • En la Jefatura Superior de Andalucía Oriental (Granada)  y además en las plantillas siguientes de esta Jefatura Superior:
    • Almería
    • El Ejido
    • Málaga
    • Marbella
    • Fuengirola
    • Torremolinos-Benalmádena
  • En la Jefatura Superior de Aragón (Zaragoza).
  • En la Jefatura Superior de Castilla y León (Valladolid) y además en las plantillas siguientes de esta Jefatura Superior:
    • Burgos
    • León
    • Salamanca
  • En la Jefatura Superior de  Galicia (La Coruña) y además en las plantillas siguientes de esta Jefatura Superior:
    • Santiago de Compostela
    • Orense
    • Vigo
  • En la Jefatura Superior de Asturias (Oviedo)  y además en Gijón.

 

  • En la Jefatura Superior de canarias (Las Palmas) y además en las plantillas siguientes de esta Jefatura Superior:
    • Maspalomas
    • Santa Cruz de Tenerife
    • Sur de Tenerife
  • En la Jefatura Superior de Islas Baleares (Palma de Mallorca).
  • En la Jefatura Superior de Castilla la Mancha (Toledo) y además en Albacete.
  • En la Jefatura Superior de Extremadura (Badajoz).
  • En la Jefatura Superior de Murcia y además en Cartagena.
  • En la Jefatura Superior de Cantabria (Santander).
  • En la Jefatura Superior de La Rioja (Logroño).
  • En la Jefatura Superior de Ceuta.
  • En la Jefatura Superior de Melilla.

Distintivo de UPR.

El emblema reproducido en el encabezamiento del artículo, representa el perfil de una cabeza de águila en velocidad, con los ojos abiertos con sentido de vuelo desde el Jefe hacia la siniestra.

En el mismo se puede apreciar el lema “CUSTODIAM ADSUMIMUS ET ORDINEM REDIGIMUS” cuya traducción del latín sería “Asumimos la custodia y el restablecimiento del Orden”, toda una declaración de intenciones de las funciones que se le asignan.

Materiales y medios empleados.

Si algo caracteriza a la UPR es su versatilidad para adaptarse a cualquier situación que lo requiere. Para ello, contará con los siguientes medios:

  • Vehículos tipo furgoneta, tipo “z” y motocicletas tanto para medio urbano como para campo.

  • Chalecos de protección antibala y antitrauma.

  • Escudos balísticos, antidisturbios y antimotines.

  • Uniforme con protecciones, cascos, guantes anticorte y bastones policiales de larga longitud.

  • Material para efectuar entradas y registros.

  • Fusil de asalto Heckler & Koch G36 y escopeta policial Franchi con utensilios para lanzar material antidisturbio.

Curso de formación.

El proceso de formación, en el cual interviene la División de Formación y la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, dura dos semanas, en las cuales, se valorará la idoneidad del funcionario para el puesto y adquirirá los conocimientos necesarios para el puesto de trabajo.

Agradecimientos: A Teniente kowalski (@ManchadoRod) por cedernos las fotografías y por su encomiable labor en la UPR de Madrid.